CONTRATO DE ADHESIÓN PARA LICENCIA DE USO DE DERECHOS DE AUTOR respecto de LAS OBRAS: Costos por metro cuadrado de construcción  ( clase “A”) (3 volúmenes), Sistema m2 ( clase “A”) (electrónico), Costo de las construcciones -Teoría y Praxis ( clase “B”), Costos de Construcción y Edificaciones ( clase “C”) (2 volúmenes), ( clase “C”) Costos de Construcción Pesada ( clase “C”)  (3 volúmenes),Costos de Sistemas e Instalación Eléctrica ( clase “C”), Costos de Tubería de Plástico Hidrosanitario ( clase “C”), Costos de Construcción Industrial ( clase “C”), Legislación de Obra Pública para Ingenieros de Costos ( clase “B”) y Verdaderos Secretos de los Costos de Construcción ( clase “B”); en cualquiera de sus FORMATOS: impreso (ya en desuso), digital o electrónico; con frecuencia de actualización: Trimestral ( clase “A”), semestral ( clase “C”) y de consulta fijos ( clase “B”), QUE CELEBRAN LOS LICENCIANTES: por una parte  LOS EDITORES: Varela Ingeniería de Costos SA de CV, Leopoldo Varela y Asociados SA de CV e Intercost SA de CV, EL AUTOR: Leopoldo Gabriel Varela Alonso y LOS COAUTORES:  Susana Teresita Cabral Villaseñor y Leopoldo Varela Cabral y por otra “EL LICENCIATARIO”, y cuando de forma conjunta se les mencione en el presente contrato se les denominarán “LAS PARTES”, en el cual formalizan conforme a las siguientes declaraciones y cláusulas:  

DECLARACIONES

I. LOS LICENCIANTES, manifiestan:

a. EL AUTOR Y COAUTORES, Ser de nacionalidad mexicana, mayores de edad, , y LOS EDITORES ser empresas mexicanas, constituidas legalmente; ambos con plena capacidad legal para comprender y obligarse en términos del presente contrato.

b. Tener domicilio en: Vito Alessio Robles 87, Coll Chimalistac (Ex-hda.Gpe.), y señalando este domicilio y correo electrónico -email: clientes@varela.com.mx ,para escuchar y recibir notificaciones. El AUTOR y COAUTORES, ser los autores y legítimo titular de los derechos de autor que existen sobre LAS OBRAS, registradas ante el INDAUTOR, no tener conocimiento de juicio, litigio y/o procedimiento administrativo pendiente que pudiere afectar o limitar el pleno ejercicio de su derecho de autor sobre la OBRAS.

c. Que es su deseo otorgar su autorización para el uso de alguna(S) de las OBRAS, en términos del presente Contrato y de conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor y demás disposiciones legales que resulten aplicables.

II. El LICENCIATARIO, a su vez manifiesta:

a. Ser de nacionalidad y/o de constitución notariada en su país, con plena capacidad legal para comprender y obligarse en términos del presente Contrato.

b. Tener domicilio y correo electrónico -email, registrado para este efecto, y señalado como domicilios para escuchar y recibir notificaciones.

c. Que es su deseo adquirir la autorización para el uso no exclusivo de la(s) OBRA(S), en términos del presente Contrato y de conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor y demás disposiciones legales que resulten aplicables.

d. Unidades, Colegios, Sociedades e Institutos de Valuación, Bancos, Gobierno, Paraestatales y empresas, requieren de convenio anexo específico.

En consideración de las declaraciones que anteceden, el LICENCIANTE y el LICENCIATARIO (en lo sucesivo, en su conjunto, “LAS PARTES”), acuerdan las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. AUTORIZACIÓN: El “LICENCIANTE”, se obliga a permitir al “LICENCIATARIO” el Uso No Exclusivo de los derechos de autor sobre la(s) OBRA(s) de su propiedad dicho uso es consistente en el hecho de poder disponer de la(s) OBRA(S) específicamente contratada(s).

La autorización consiste en lo siguiente, el “LICENCIATARIO” podrá, para efecto de Consulta y referencia en:

I.1.- presupuestos y avalúos

I. 2.- controversias y litigios

I.3.- estudios de preinversión

I.4.- licitaciones

I.5.- Conciliación de precios extraordinarios en obra

SEGUNDA. CONTRAPRESTACIÓN/APOYO: El “LICENCIATARIO” se compromete a realizar la siguiente contraprestación/apoyo al “LICENCIANTE”:

II.1.-Dar en todo momento reconocimiento al autor de conformidad con la legislación en materia de derechos de autor.

II.2. Evitar la transmisión a terceros de cualquier dato de/los LIBRO(S) contratados mediante licencia y pago correspondiente

TERCERA. OBJETO Y ALCANCE DEL MISMO: El LICENCIANTE autoriza al LICENCIATARIO para que de conformidad con las leyes nacionales mexicanas, así como los tratados internacionales de la materia en los que México sea parte, use de manera no exclusiva, los derechos de la(s) OBRA(S) cuya titularidad le pertenece al LICENCIANTE, para ser usada de la forma establecida en el presente contrato.

En ningún caso podrá el LICENCIATARIO transmitir o ceder la autorización de uso no exclusivo de la OBRA(S) a un tercero sin previa autorización por escrito del LICENCIANTE, fuera de los actos estrictamente necesarios y razonables para la explotación de la(s) OBRA(S).

CUARTA. NO EXCLUSIVIDAD: La autorización sobre el uso de la OBRA(S) NO IMPLICA EXCLUSIVIDAD de ningún tipo y bajo ninguna interpretación en favor del LICENCIATARIO.

El LICENCIANTE se reserva el derecho de ejercer sus derechos de autor morales y patrimoniales, ya sea directamente o a través de cualquier tercero que para ello designe, otorgar licencias, contratar, o cualquier otro acto jurídico conforme a las leyes que resulten aplicables, siempre respetando las obligaciones y términos acordados en el presente Contrato.

QUINTA. VALIDEZ TERRITORIAL: La autorización de uso no exclusivo de la(s) obra(s) se otorga únicamente para el uso en los países de residencia del LICENCIATARIO.

SEXTA. RECONOCIMIENTO DE AUTORÍA Y USO RESPONSABLE DE LA OBRA: La autorización de uso no exclusivo de la Obra manifestada y en las condiciones establecidas en el presente contrato se entiende otorgada conforme a los tratados internacionales y leyes nacionales aplicables. En ese sentido, el LICENCIATARIO se obliga a reconocer en todo momento la autoría del LICENCIANTE sobre la(s) Obra(s), a resguardar la integridad de la misma, así como el honor del autor, debiendo mencionar al LICENCIANTE en todo momento o en su como autor de la obra en formato impreso y así mismo como formato digital y el electrónico.

SÉPTIMA. DERECHOS: El LICENCIATARIO se obliga a indemnizar, defender y mantener libre de toda responsabilidad al LICENCIANTE de cualquier cargo, denuncia o demanda que se derive de las operaciones llevadas a cabo por el LICENCIATARIO en relación con el presente Contrato, incluyendo las relacionadas con el uso no exclusivo y explotación de la Obra. En caso de que el LICENCIATARIO utilizara la Obra en contravención a lo dispuesto en el presente Contrato, el LICENCIATARIO indemnizará al LICENCIANTE en relación con los daños y perjuicios que le pudiera ocasionar.

OCTAVA. VIGENCIA: Este Contrato para: libros digitales y electrónico (Sistema m2) de actualización trimestral ( clase “A”) tendrán una vigencia de 1(UN) AÑO; libros digitales de actualización semestral ( clase “C”) tendrá una vigencia de 2(DOS) AÑOS y libros de consulta ( clase “B”) tendrán una vigencia de 3(TRES) AÑOS; en los tres casos, serán años contados a partir de la fecha de contratación por pago, aceptación o firma del mismo.

Usuario: será la persona física designada y autorizada para usar la(s) obra(s) por su correo electrónico (email) y su computadora o dispositivo personal. Los libros digitales y el electrónico son de carácter unipersonal y para un solo dispositivo. Requisito del Usuario: contar con Internet en la primera instalación. Clases de licenciatario: Persona Física o Persona Moral, esta última designará el(los) usuario(s) para ser autorizados en el uso de la(s) obra(s).

Cambios de correo electrónico y/o dispositivo (computadora o tablet o teléfono):

  1. Para libros digitales: un cambio en cada año de la vigencia correspondiente, sin costo. A partir del segundo cambio y subsecuentes, tendrán un cargo de $400 cada uno.
  2. Para libro electrónico (Sistema m2) en la vigencia correspondiente: el primer cambio tendrá un cargo de $400, los subsecuentes se aplicará precio de licencia adicional.

Para libro electrónico “Sistema m2” la vigencia es anual y para un solo dispositivo incluso en la versión Fecoval.

Dispositivos autorizables uno a la vez: Computadora personal o Tablet o Teléfono móvil; los adicionales tienen un costo.

El correo electrónico – email, de licenciatarios personas físicas y de FECOVAL, no puede ser de empresas.

Los licenciatarios colegiados o socios de colegios, asociaciones o institutos miembros de FECOVAL, deben acreditar estar al corriente de sus cuotas.

Cuando “El licenciatario” solicite cambio de libro por error al momento de indicar el título que deseaba, se le podrá hacer el cambio siempre y cuando lo informe al “Editor” antes de 3 días hábiles, después de su activación.

NOVENA. CAUSALES DE TERMINACIÓN ANTICIPADA: El presente Contrato podrá ser modificado y/o  adicionado, debiendo contar con las firmas de las partes para realizar esta modificación, de igual manera podrá ser terminado de manera anticipada por el LICENCIANTE mediante simple aviso por escrito al LICENCIATARIO si este último realiza cualquier uso que resulte contrario o ajeno a lo establecido en el presente Contrato, sin necesidad de que dicho uso contrario o ajeno cause perjuicio alguno al LICENCIANTE, dejando a salvo los derechos del LICENCIANTE para ejercer las acciones legales que en su caso correspondan para la indemnización que corresponda por daños y perjuicios.

DÉCIMA. “LAS PARTES” acuerdan que en el presente contrato no existe error, dolo, mala fe, lesión, o cualquier otra causa de nulidad que pudiera invalidarlo.

DÉCIMA PRIMERA: CONFIDENCIALIDAD

Cualquier información que “LAS PARTES” se entreguen entre ellas o a los/as participantes de cualquier evento, proyecto o programa, con motivo del presente Contrato, será considerada con carácter de confidencialidad (Información Confidencial).

LAS PARTES” se obligan a dar a conocer a sus miembros, colaboradores empleados, subcontratistas, especialistas, etc. a transmitir el siguiente contrato en torno a que se obligan a:

XI.1.- No revelar, divulgar, proporcionar, transferir, reproducir, emplear en forma lucrativa alguna o hacer del conocimiento de terceros la Información Confidencial, sin el consentimiento expreso previo y por escrito que emitan “LAS PARTES” por medio de sus representantes legales, caso en el cual asumen la responsabilidad de realizar los actos que sean necesarios a fin de que los terceros queden igualmente obligados a guardar la confidencialidad de la información.

XI.2.- Tomar todas las medidas de seguridad y cuidado en la protección de la Información Confidencial en contra de pérdida, robo, extravío o divulgación inadvertida y, en todo momento, deberán tomar las acciones pertinentes, para salvaguardar y supervisar que se conserve y mantenga la confidencialidad de la información, por lo que asumen, desde ahora, la responsabilidad de protección de la Información Confidencial.

XI.3.-No producir copias ya sea por medios ópticos, electrónicos, magnéticos o de cualquier otra forma de la Información Confidencial y/o de la(s) obra(s) para sí o para terceras personas, sin la previa autorización por escrito del LICENCIANTE.

XI.4.- Resguardar la Información Confidencial que les sea proporcionada bajo la más estricta seguridad.

XI.5.- De igual forma el LICENCIATARIO no podrá producir por sí mismo algún material igual, similar o de carácter parecido a la obra propiedad del LICENCIANTE.

XI.6.- En todo momento “LAS PARTES” garantizan que al tener acceso a datos personales de cualquiera de ellas resguardarán cualquier dato personal de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares y su reglamento.

La vigencia de la presente cláusula subsistirá a la terminación del presente contrato.

DÉCIMA SEGUNDA. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de México, CDMX, por lo que renuncian expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales y al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.

Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su valor y consecuencias legales, lo Aceptan adhiriéndose electrónicamente y en su caso firman.

EL “LICENCIANTE”

Los Editores y Autores

EL “LICENCIATARIO”

Acepta por adhesión